LA IMPUTACIÓN POR “TERRORISMO” EN VERACRUZ: UN RECURSO RECURRENTE DE LA FGE QUE PRECEDE AL CASO DEL PERIODISTA LAFITA LEÓN

Los antecedentes en Texistepec confirman que la acusación no fue un hecho aislado, sino una práctica conocida y tolerada por las autoridades estatales
La imputación del delito de terrorismo contra el periodista Rafael “Lafita” León Segovia no constituye un episodio inédito dentro de la actuación de la Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE). Por el contrario, existen antecedentes documentados que demuestran que esta figura penal ya había sido utilizada previamente por la institución, particularmente durante la gestión de la ahora exfiscal Karla Díaz, sin que se observara una reacción correctiva por parte del Gobierno estatal.
Un boletín oficial de la FGE emitido en mayo de 2025 da cuenta de la imputación del delito de terrorismo contra al menos 13 personas en el municipio de Texistepec, identificadas como trabajadores y pobladores de la zona, tras hechos violentos ocurridos en el contexto de un conflicto local. Dicho comunicado fue difundido públicamente por la propia Fiscalía y permanece como registro oficial de una acusación de alta gravedad jurídica, aplicada a un escenario que posteriormente fue ampliamente cuestionado por su tipificación legal.
Este antecedente resulta clave para comprender el caso de Lafita León, detenido en diciembre de 2025 y señalado inicialmente por el mismo delito. La acusación generó una fuerte reacción de organismos defensores de derechos humanos y de la libertad de expresión, al tratarse de un periodista en ejercicio de su labor informativa. Posteriormente, un juez determinó que la Fiscalía no logró acreditar el delito de terrorismo, desechando esa imputación y manteniendo únicamente cargos menores, lo que evidenció la fragilidad de la acusación original.
Lejos de tratarse de un error aislado o de una interpretación jurídica excepcional, el caso Texistepec demuestra que la Fiscalía ya había recurrido a la figura de terrorismo meses antes, bajo una lógica similar: imputaciones de alto impacto mediático que no lograron sostenerse con solidez jurídica ante el escrutinio judicial.
Lo más relevante de este patrón no es únicamente la actuación de la Fiscalía, sino el hecho de que el Gobierno de Veracruz tenía conocimiento de estas prácticas. El boletín de mayo de 2025 fue público, difundido institucionalmente y nunca desmentido ni corregido. No hubo pronunciamientos oficiales que cuestionaran la aplicación del delito, ni revisiones visibles sobre el uso de una figura penal reservada, en el derecho comparado, para actos de extrema gravedad y con componentes específicos que difícilmente encajan en conflictos sociales o en el ejercicio periodístico.
La reiteración del uso del delito de terrorismo plantea interrogantes de fondo sobre el funcionamiento del sistema de procuración de justicia en Veracruz:
¿Por qué se recurre de manera reiterada a una figura penal extrema?
¿Quién autoriza y respalda estas imputaciones dentro de la Fiscalía?
¿Qué controles existen para evitar la criminalización indebida de ciudadanos y periodistas?
El caso Lafita León no puede analizarse de forma aislada. Se inscribe en una línea de actuación institucional que ya había sido advertida y documentada, y cuya persistencia revela una grave falla estructural en la aplicación del derecho penal en el estado.
Más allá de los nombres propios, lo que queda en evidencia es un problema de fondo: el uso desproporcionado del poder punitivo del Estado, con efectos directos en la libertad de expresión, el debido proceso y la confianza pública en las instituciones de justicia.
Mientras no se esclarezcan responsabilidades y no se establezcan límites claros al uso de figuras penales extraordinarias, Veracruz seguirá arrastrando no solo una crisis de seguridad, sino una profunda crisis de legalidad y credibilidad institucional.
Redacción Reportaje Veracruzano



