¿Justicia o blindaje? Juez denunciado por violencia y omisión alimentaria es enviado a Tuxpan

COATZACOALCOS, VER.— El traslado del juez de control Jorge Luis Mapel Martínez al distrito judicial de Tuxpan abre una pregunta que el Poder Judicial de Veracruz no puede esquivar: ¿se trata de una simple reubicación administrativa o de una forma de mantener en funciones a un juzgador mientras enfrenta señalamientos graves en materia de violencia de género y presuntas obligaciones incumplidas hacia una hija recién nacida?
El funcionario, anteriormente adscrito al distrito de Acayucan, actualmente despacha en el norte de Veracruz pese a que enfrenta un procedimiento en materia familiar promovido por la abogada Nahomi Odeth Morales Bandala, quien sostiene haber sido víctima de violencia psicológica, hostigamiento y presiones durante su embarazo.
El caso adquiere una dimensión particularmente delicada por una razón elemental: quien está llamado a garantizar el cumplimiento de la ley se encuentra, según la parte demandante, en el centro de un litigio relacionado precisamente con obligaciones familiares y derechos de una menor.
El embarazo bajo presión, según la denuncia
De acuerdo con los señalamientos hechos valer por la parte promovente, durante el periodo de gestación habrían existido descalificaciones, presiones y conductas encaminadas a que la mujer interrumpiera el embarazo.
La acusación sostiene además que la posición del señalado dentro del Poder Judicial habría sido utilizada como elemento de presión y amedrentamiento.
No se trata de una acusación menor. Cuando quien ejerce autoridad judicial es señalado por utilizar su posición para intimidar a una mujer, el problema deja de ser estrictamente privado y alcanza directamente la credibilidad de la institución encargada de impartir justicia.
Y hay un elemento todavía más sensible: la niña ya nació.
Una recién nacida en medio de una batalla judicial
La parte demandante afirma que Mapel Martínez se ha negado a reconocer voluntariamente la paternidad y a asumir las obligaciones alimentarias correspondientes, bajo argumentos que, de acuerdo con su versión, incluyen que la paternidad debe ser voluntaria y que el nacimiento habría afectado su proyecto de vida.
Tales afirmaciones, de acreditarse en el procedimiento, colocarían el caso frente a una contradicción particularmente incómoda.
¿Cómo puede un juzgador exigir a los ciudadanos que cumplan la ley mientras, presuntamente, evade las consecuencias jurídicas de sus propias obligaciones?
La controversia tendrá que resolverse mediante las vías institucionales correspondientes, incluyendo —como reclama la parte demandante— la práctica de una prueba pericial en genética molecular para determinar la filiación, así como la definición de las obligaciones alimentarias que correspondan conforme a derecho.
Tuxpan no puede convertirse en el lugar donde desaparezcan las preguntas
El traslado al norte de Veracruz no extingue las denuncias ni borra el expediente.
Por el contrario, coloca al Poder Judicial ante una exigencia de transparencia todavía mayor.
Si existe un procedimiento judicial en curso, debe determinarse con absoluta claridad qué autoridad conoce del caso, cuál es su estado procesal, qué medidas se han dictado y si existe algún impedimento o conflicto que pudiera comprometer la actuación institucional.
Porque la independencia judicial no significa impunidad.
Y la presunción de inocencia tampoco significa que las instituciones puedan mirar hacia otro lado cuando existen señalamientos que involucran presuntamente violencia contra una mujer y derechos de una menor de edad.
La pregunta que incomoda al Poder Judicial
El verdadero problema no es solamente dónde está adscrito Jorge Luis Mapel Martínez.
La pregunta de fondo es si el Poder Judicial de Veracruz está dispuesto a aplicarse a sí mismo los mismos estándares que exige a cualquier ciudadano.
Perspectiva de género.
Interés superior de la niñez.
Debido proceso.
Responsabilidad institucional.
Cero privilegios derivados del cargo.
La parte demandante reclama que se desahogue la prueba genética y que se determinen las obligaciones alimentarias correspondientes sin que el cambio de adscripción represente una barrera.
Y ahí está el punto que no puede perderse entre trámites, oficios y movimientos administrativos:
una menor no puede convertirse en daño colateral de una disputa de poder.
El Poder Judicial tiene ahora la oportunidad de demostrar que la toga no sirve para colocarse por encima de la ley, sino precisamente para someterse a ella.
Porque si un ciudadano común fuera señalado por negar responsabilidades familiares y ejercer violencia contra una mujer, la institución judicial tendría una respuesta.
Ahora le corresponde demostrar que esa misma respuesta también aplica cuando el señalado pertenece a sus propias filas.
Redacción Reportaje Veracruzano



